AMProS presentó modificaciones a la Ley de Residencias
Entre los cambios mas sustanciales a la norma se destacan las mejoras de las condiciones laborales, el pago de mayor de dedicación a los trabajadores, garantizar las horas de estudio, el reconocimiento de los años de residencia para la clase y el mismo derecho a licencias que los profesionales de planta, entre otros numerosos cambios propuestos.
AMProS
Jueves 18 de Mayo de 2023

Con el objetivo de que la Salud Pública sea una verdadera política de Estado para la provincia de Mendoza y así retener e incentivar la capacitación de los Residentes y mejorar la atención a los ciudadanos, la Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud, AMProS, presentó al Ministerio de Salud las modificaciones de la Ley de Residencias.

Entre los cambios mas sustanciales a la norma se destacan las mejoras de las condiciones laborales, el pago de mayor de dedicación a los trabajadores, garantizar las horas de estudio, el reconocimiento de los años de residencia para la clase y el mismo derecho a licencias que los profesionales de planta, entre otros numerosos cambios propuestos.

El texto de modificación de la Ley de Residencias fue enviado al Ministerio de Salud de Mendoza de la siguiente manera:

Ante esta eventualidad y a fin de preservar esta modalidad de formación, hoy basada en Aprendizaje Basado en Competencias (ABC), con la finalidad garantizar una formación de recurso humane especializado que permanezca dentro de nuestro sistema de formación y a posteriori en nuestro sistema de salud pública es que AMProS propone evaluar cambios en los siguientes puntos de la Ley 7857 luego de haber recabado las inquietudes de los profesionales en formación. -A saber:

1- Hay muchos profesionales de salud con cargo de planta y que no pueden acceder a la formación de postgrado porque deben renunciar a este para acceder a la residencia. Se solicita la reserva del cargo para todo profesional de la salud de planta que acceda a una Residencia y por el término que dure dicho periodo de formación de postgrado.

2- En las Residencias de segundo nivel el residente cumplirá el ciclo básico de tres años, en la residencia de primer nivel y luego el periodo correspondiente de hasta 3 años en la especialidad elegida, este es un pedido que surge de los jefes de Servicio de estas residencias. De esta forma se debe otorgar además la doble especialidad, tal como ocurre en la Residencia articulada de Neonatología. Esto debe ser analizado y ajustar los programas en común acuerdo con las sedes y cuerpos colegiados del Ministerio que atienden esta temática.

3- Se solicita ajuste del salario del residente al equivalente a un cargo con mayor dedicación de 12 hs., atento a la carga horaria del profesional; sea residente o Jefatura de Residencia.

4- Mantener el descanso post guardias adecuado a la modalidad de cada Servicio sin retorno post descanso a la sede en el mismo día y que dichas horas sean computadas dentro del horario mensual del residente.

5- Licencias especiales pagas según Ley 7759 y 5811.

6- Adiciona! de Guardia de Fin de Semana a todos los Residentes ya que realizan guardias estos días sea en su Servicio o en guardia general.

7- Prioridad de acceso a cargo vacante interino, de cada una de las especialidades al finalizar las Residencias. El Estado debe ofrecer las vacantes dentro de su sistema para que aquel residente que desee continuar su carrera estatal lo haga en el sistema y donde se genere la vacante y en las mismas condiciones de clase que corresponda por antigüedad al egreso de la Residencia. Esto permitiría mantener el número de profesionales de planta en cada especialidad prestacional.

 

8- La dedicación exclusiva debe ser para los Residentes de 1^ Aho o ser extendida al 2Aho de acuerdo con un exhaustive análisis de Cuerpos colegiados en base a Programas de Aprendizaje Basado en Competencias. (ABC)

9- Las Residencias privadas deberán equiparar a las estatales la remuneración mensual percibida en todo concepto por los Residentes; basados en la opinión de la OPS.

10- Cargo de Instructor de Residentes con Cargo de planta interino o por concurso con Mayor Dedicación o bloqueo de título dada la característica de carga horaria y la necesidad de que sea la columna del sistema de formación en cada Residencia. El Residente necesita apoyo y orientación permanente en su proceso de aprendizaje y que se la debe brindar el Instructor de Residentes. Proponemos respecto al Instructor de Residentes que dicho cargo tenga una duración de al menos 3 a 5 años ya que es una persona altamente calificada, quien conoce el sistema de formación, apoya cada afio a los nuevos jefes de residentes y da continuidad a la modalidad de trabajo y puede en este tiempo asegurar la excelencia profesional y mejora continua del sistema.

11- El Instructor natural del Residente es cada vez más escaso por distintos motives; falta de personal de planta, falta de formación e idoneidad docente; falta de estímulo por sobrecarga laboral. Proponemos la creación de un ITEM porcentual sobre la clase que revista el profesional de planta para que aquel que le interesa colaborar en la formación del residente (Instructor natural) se le de este incentivo. Es el jefe de Servicio quien debe velar por este cumplimiento.

La implementación de esta propuesta de reforma requiere del análisis y correcciones posteriores a fin de asegurar el objetivo aquí propuesto.

Ultimas noticias
Mi Cuenta
AMProS Actualizar datos
AMProS Actualizar datos