Pases a planta: Comunicado de AMProS
La ley ha producido efectos en todo y cada uno de nuestros afiliados, por lo tanto, amen, de que vislumbramos la irracionalidad del miedo infundido por parte de distintos sectores, se hace menester llevar tranquilidad a nuestros afiliados, ya que la sentencia a dictarse, de modo alguno puede afectar
AMProS
El doctor Carlos Alico, asesor legal de AMProS.
Jueves 05 de Julio de 2018

La Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud, AMProS, a través de su asesor legal, Dr. Carlos Alico informa a sus afiliados:

“Ante las reiteradas noticias, que señalan, que se encontrarían en peligro los pases a planta de nuestros afiliados, la que se produjo luego de ratificación legislativa Ley 8798, informamos:”

“Que la ley ha producido efectos en todo y cada uno de nuestros afiliados, por lo tanto, amen, de que vislumbramos la irracionalidad del miedo infundido por parte de distintos sectores, se hace menester llevar tranquilidad a nuestros afiliados, ya que la sentencia a dictarse, de modo alguno puede afectarlos por ser el trabajador: 1) Sujeto de “preferente tutela constitucional” …. y goza de la “protección especial” del Estado, según lo expone la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales, adoptada como Declaración de los Derechos Sociales del Trabajador. 2) La justicia social en su más alta expresión”, no tiene otro norte que alcanzar el “bienestar”, esto es, “las condiciones de vida mediante las cuales es posible a la persona humana desarrollarse conforme con su excelsa dignidad” 3) Principio de la “seguridad económica”, que el derecho de la persona humana a alcanzar su propio bienestar debe “…estar rodeada(o), entre otras condiciones, de seguridad económica, según lo impone a los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Declaración de los Fines y Objetivos de esta institución, del 10 de mayo de 1944, llamada Declaración de Filadelfia. Puntos que han sido marcados al Tribunal”.

“Además, el gremio que representa a los profesionales de la salud de la provincia, sostiene que las acciones intentadas, de ninguna manera pueden perjudicar a los profesionales que lograron su pase a planta a tenor de un acuerdo paritario, en tanto. 1) No han sido citados a proceso judicial para determinar la nulidad del pase a planta en forma individual, con objeto de que cada uno ejerza su derecho a defensa en juicio, mediante acciones legales particulares; única forma de lograr efectos jurídicos individuales 2) La ley ya produjo efectos, por la tanto la declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad deviene en abstracta ya que para los afiliados a AMProS ha dejado de existir la causa de la acción, por cuanto ya se otorgaron los pases a planta a la luz de mencionada legislación”.

“Por lo tanto, solicitamos a nuestros afiliados, tengan tranquilidad y no se dejen engañar ante el temor infundido, entendemos, de forma irracional, por distintos sectores”.

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